Contacto: 116 5714239 - Gorriti 595, Piso 1 Ofi. "B", Lomas de Zamora.|chavezd@cpacf.org.ar
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Inicio 2023-07-04T18:07:33+00:00

Estudio CHAVEZ & ASOCIADOS

El Estudio CHAVEZ & ASOCIADOS se encuentra ubicado en pleno centro de Lomas de Zamora, a metros de la estación de Trenes de la Línea Roca.

El Dr. Daniel Esteban Chavez es abogado egresado de la Universidad de Buenos Aires y cuenta con matrícula activa en la Provincia de Buenos Aires así como  en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Nos especializamos en resolver todo tipo de conflictos derivados de relaciones laborales.

La preeminente especialización del estudio en derecho del trabajo, deviene en un equipo de abogados con amplia experiencia en los litigios que tramitan ante la Justicia Nacional del Trabajo así como en los Tribunales de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires.

Nos especializamos en casos de:

Trabajadores

El estudio tiene amplia experiencia en asesoramiento y patrocinio de trabajadores.
Podemos asesorarlo de manera preventiva o una vez producido el conflicto, nos aseguraremos de reguardar sus derechos de la mejor manera posible.

A continuación una serie de preguntas frecuentes y sus respuestas:

La consulta es gratuita para el trabajador, tanto por medios electrónicos como presenciales.

Debe consultarnos para que entrevista mediante, podamos confeccionar un telegrama que intime a su empleador a regularizar su situación y abonarte las sumas que le corresponden. Ten en cuenta que en estos casos, el transcurso del tiempo corre en contra del trabajador, motivo por el cual, le sugerimos actuar rápidamente y desechar las falsas promesas de reincorporación futura.

Debe ponerse en contacto con un abogado laboralista de inmediato, toda vez que debe notificar dicha situación de forma fehaciente con el fin de evitar maniobras maliciosas como la fabricación de un falso despido por abandono de trabajo.

Debes enviar una intimación fehaciente a tu empleador con el fin de que regularice su situación. Para el caso de que su empleador mantenga su incumplimiento,  luego podrá iniciar las acciones administrativas y judiciales tendientes a obtener su cumplimiento compulsivo

En primer lugar, es importante saber que el empleador tiene la obligación de entregarle un ejemplar de la sanción, con el fin de que el trabajador pueda tomar cabal conocimiento de cual es la conducta que se le reprocha. Luego, el trabajador tiene 30 días para impugnarla y evitar que quede consentida. Es trascendental impugnar todas las sanciones, ya que constituyen posibles antecedentes para un despido con causa.

Una  vez notificado el despido, tu empleador tiene 4 días hábiles para abonar tu liquidación final incluyendo las indemnizaciones. Si no lo hace o lo hace de forma deficiente, el trabajador puede intimar a su cumplimiento.

Tiene la posibilidad de defenderse negando los hechos, impugnar la causal y reclamar el pago de las indemnizaciones de ley. Sugerimos una consulta personal con el fin de discutir los hechos reprochados y elaborar la mejor estrategia posible.

Ya sea sobre una relación laboral vigente o extinguida, sugerimos consultar con su abogado de confianza antes de firmar documento alguno. Los acuerdos conciliatorios suelen liberar a las partes de sus obligaciones, de manera que podría llegar a producirse una renuncia a los derechos del trabajador.

Las preguntas referidas son solo una pequeña parte del infinito abanico de inquietudes o necesidades de asistencia jurídica que pueden desprenderse de una relación laboral dependiente. Recuerde que puede consultarnos de manera rápida, gratuita y absolutamente confidencial.

En el Estudio Chavez nos Aseguraremos de Resguardar

Los Derechos de los Trabajadores de la Mejor Manera Posible.

ART

Las aseguradoras de riesgos del trabajo son entidades que deben garantizar las prestaciones médicas y dinerarias que los trabajadores tienen el derecho a recibir ante la ocurrencia de un accidente de trabajo o el advenimiento de una enfermedad profesional.

La consulta es gratuita para el trabajador, tanto por medios electrónicos como presenciales.

La consulta es gratuita para el trabajador, tanto por medios electrónicos como presenciales

Haya ocurrido el accidente en el trabajo o en el trayecto hacia o desde el mismo, debe  avisar a su empleador para que haga la denuncia correspondiente ante la ART. Es importante que sepa que su empleador tiene la obligación de realizar la denuncia pertinente y que no resulta igual que la realice el trabajador.

Los derechos del trabajador se corresponden con las obligaciones de la ART. Una vez recibida  la denuncia del siniestro, la ART tiene la obligación de otorgar las prestaciones médicas hasta el alta laboral del trabajador. Luego de otorgada el alta laboral, la ART tiene la obligación de pagar una indeminización económica por las secuelas que el siniestro haya provocado en el cuerpo y/o psiquis del trabajador.

Las ART se caracterizan por evadir sus responsabilidades relacionadas al pago de indemnizaciones a los trabajadores accidentados. Es usual que infravaloren la incapacidad resultante o incluso, la desconozcan por completo. En esos casos, usted debe consultar con un abogado laboralista para que te patrocine en los reclamos administrativos y judiciales pertinentes para obtener el reconocimiento de tu indemnización.

El monto de la indemnización se desprende de una fórmula que resulta de la combinación de 3 parámetros, la edad del trabajador, su salario y el porcentaje de incapacidad. Las ART se valen principalmente de la infravaloración de la incapacidad del trabajador con el fin de abonar indemnizaciones inferiores o simplemente no abonarlas. En el estudio contamos con un equipo interdisciplinario  que incluye un perito médico legista que nos permitirá defender tus intereses correctamente.

Desde la sanción de la ley 27.3488, existe una instancia administrativa previa al inicio de las acciones judiciales. Así, el trabajador afectado debe concurrir con su abogado de confianza a un organismo dependiente de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo denominado comisión médica jurisdiccional, en el cual se establecerá de forma preliminar el porcentaje de incapacidad. Para el caso de disconformidad con lo dictaminado por el organismo administrativo, el trabajador podrá acceder a la justicia ordinaria.

Depende si su empleador tiene alguna ART contratada para otros trabajadores registrados o no. Si la tiene, esa ART debe responder ante el trabajador sin registrar de igual manera que con los trabajadores registrados. Si no la tiene, debe responder el empleador con todo su patrimonio.

Las preguntas referidas son solo una pequeña parte del infinito abanico de inquietudes o necesidades de asistencia jurídica que pueden desprenderse como consecuencia de un accidente de trabajo o enfermedad profesional. Recuerde que puede consultarnos de manera rápida, gratuita y absolutamente confidencial.

En el Estudio Chavez ofrecemos un Completo Asesoramiento sobre las Relaciones Laborales

Asi como el tan Importante Asesoramiento Preventivo 

Empleadores

Si usted es empleador, podemos ofrecerle un completo asesoramiento sobre las relaciones laborales con sus dependientes, abarcando la forma de contratación, el desarrollo de la relación laboral y su extinción, así como los posibles reclamos derivados de la misma.

Debe tener en cuenta que desde la parte empleadora, el asesoramiento preventivo es igual o mas importante que el obtenido de forma posterior al advenimiento del conflicto.

A continuación una serie de preguntas frecuentes y sus respuestas:

  • ¿Que debo hacer si recibo un telegrama por parte de un empleado?

    Si bien todo depende del contenido, un concepto fundamental es tener conocimiento que dicha notificación seguramente fue confeccionada por un abogado laboralista y que debe ser contestada por otro con suma urgencia. Habitualmente, las notificaciones que los trabajadores envían a sus empleadores contienen intimaciones que deben ser cumplidas o rechazadas en plazos perentorios no mayores a 48 horas. Si usted mantiene silencio, es muy posible que el mismo se entienda como un consentimiento implícito de lo manifestado por el trabajador, lo cual podría tener consecuencias graves para su patrimonio.

  • ¿Que debo hacer si recibo una cédula judicial?

    La respuesta es similar a la anterior en relación a la urgencia con la cual debe contactar a su abogado de confianza, pero con el agravante de que seguramente exista una demanda contra usted ante un juez del trabajo, motivo por el cual, la demora podría tener consecuencias todavía mas graves. Atento la diversidad de finalidades y consecuencias que podría tener una cédula judicial para usted, la sugerencia es que se asesore lo mas rápido posible y después decida.

  • ¿Puedo contratar a un trabajador a prueba?

    Sí, todos los contratos de trabajo normales a tiempo indeterminado se entienden celebrados a prueba durante los primeros 3 meses. En dicho plazo, el empleador puede despedir al trabajador sin obligaciones indemnizatorias. Para poder hacer uso de este derecho, la relación laboral  debe estar correctamente registrada ya que para el caso contrario, se entiende que se ha renunciado al período de prueba.

  • ¿Puedo contratar a un trabajador a tiempo parcial, por temporada, como trabajador eventual o por plazo fijo?

    Sí, pero debe comprender que este tipo de contrataciones especiales, deben cumplir una serie de requisitos de legalidad bajo pena de nulidad. Le sugerimos que antes de avanzar en una contratación de este tipo se asesore sobre si se encuentran reunidos los requisitos legales para su procedencia.

  • ¿Puedo modificar el horario, lugar de trabajo o tareas de mi empleado?

    El empleador tiene la facultad de organizar y dirigir a sus empleados, de manera que puede establecer sus condiciones de trabajo. No obstante, la ley y ciertos Convenios Colectivos de  Trabajo establecen límites para el ejercicio de dichas facultades. Cada caso debe analizarse en concreto, le sugerimos asesorarse antes de avanzar en una modificación de las condiciones de trabajo de un empleado.

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